SUNAT solo accederá a información a las cuentas con más de S/30,800.
SUNAT solo accederá a información a las cuentas con más de S/30,800.
El representante del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) en una entrevista con La Republica, anunció que cambiarán el monto mínimo para que la SUNAT revise la información de depósitos bancarios de S/ 10,000 a S/ 30,800 (7UIT).
“Esta semana publicaremos un decreto supremo haciendo algunos ajustes (…) Nos parece más razonable y eso fue por escuchar al sector privado con el que siempre hay que dialogar”, sostuvo el ministro en dialogo con La República. Así mismo señaló que la información compartida por los bancos a SUNAT ya no será mensual si no Semestral.
Esta nueva medida, sería oficializada esta semana mediante decreto Supremo, y según sostiene el titular del MEF se tomaría esta decisión tras diálogos con el Sector Privado.
Renta de 4ta y 5ta Categoría:
Coincidentemente S/ 30,800 vienen a ser las 7 UIT que son el monto máximo de ingresos anuales sobre los que se está exonerado del pago de impuesto a la renta de trabajadores con recibos por honorarios y planilla (4ta y 5ta categoría respectivamente).
Así que por ese lado se vuelve mucho más práctico el análisis de la información que recibiría SUNAT y para los profesionales independientes.
Pequeños empresarios
Esta nueva medida también beneficiaría de alguna manera a los pequeños empresarios, personas naturales con negocio acogidas al NRUS que por lo mismo que no es obligatorio un detalle en registro de ingresos y egresos en su declaración a SUNAT, muchas veces no son exactos los montos declarados.
Finalmente, este es un alivio para muchos, incluso algunos que no se dedican al negocio pero que por diversas razones tienen un saldo mayor a 10 mil en su cuenta, prestamos, propinas, etc.
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