Plazo de envío de facturas electrónicas 2022
Nuevo Plazo de envío de Facturas electrónicas a SUNAT 2022
El 24 de diciembre del 2021 se publicó el Decreto de Urgencia N° 113-2021, el cual amplia la vigencia del Decreto de Urgencia N° 050-2021 hasta el 30 de junio, el cual establece medidas para la implementación de la puesta del adquirente del bien o usuario del servicio y de la superintendencia nacional de aduanas y de administración tributaria (SUNAT) de la factura y recibo por honorarios electrónicos durante la pandemia.
El Artículo 2° del Decreto de Urgencia N° 050-2021, señala que respecto a la puesta a disposición del adquirente del bien o usuario del servicio y de la SUNAT, la emisión de la factura y recibo por honorarios, es de hasta cuatro (4) días calendario, computados desde ocurrida dicha emisión.
Por lo que, a partir del 01 de Julio de 2022, se deberá enviar el comprobante de pago electrónico con un plazo máximo de dos días a partir de la emisión del comprobante.
En el caso que los comprobantes electrónicos no sean enviados dentro del plazo permitido, perderán su calidad de comprobantes de pago electrónico, lo que, en efecto, no permitirá que dichos comprobantes sustenten costo o gasto, ni el uso del crédito fiscal.
En conclusión, del 01 de enero del 2022 al 30 de junio de acuerdo al DU 113-2021 se tendrá un plazo de 4 días como máximo para el envío de las facturas y Recibos por honorarios desde ocurrida la emisión.
A partir del 01 de Julio del 2022 el plazo para el envío de facturas y Recibos por honorarios electrónicos es de 2 días a partir de la emisión del comprobante.
Es importante que como receptor se verifique la validez del comprobante, por lo que se sugiere solicitar la representación impresa del comprobante de pago, el archivo XML y la constancia de Recepción (CDR), de manera que se garantice un comprobante valido, para sustentar costo o gasto y acceder al uso del crédito fiscal.